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FGR Informa
 
Con respecto a los lamentables hechos ocurridos en Sonora es necesario precisar lo siguiente
 
EUM SEIE 6 noviembre 2019.-
 
1. El delito de homicidio y su investigación, por mandato legal, le corresponde a la autoridad local del lugar donde haya ocurrido.

2. Si de esas investigaciones se derivan elementos sólidos que permitan investigar delincuencia organizada, (Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada Artículo 2o.- Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada) ese delito lo habrá de investigar con plenitud de competencia la Fiscalía General de la República (FGR).

3. Si también existen pruebas suficientes de que las armas de fuego que se utilizaron permiten la intervención con plenitud de la FGR, también los delitos correspondientes serán investigados por esta institución.

4. Por lo que toca a los apoyos técnicos binacionales, en agosto de 1994 la entonces PGR y el FBI suscribieron un acuerdo, que está vigente y que permite la colaboración de ambas instituciones en el combate a la delincuencia cuando afecte a las dos naciones, siempre dentro del marco jurídico de la soberanía de ambos países, todo lo cual se aplicará en el momento de la investigación que sea procedente.
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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